Actualidad
Los detalles del complemento de productividad a empleados municipales de Pozoblanco
El Ayuntamiento de Pozoblanco, en sesión ordinaria de Pleno, celebrada con fecha 28 de marzo de 2016, adoptó acuerdo de aprobación inicial del Reglamento para la concesión del Complemento de Productividad a Empleados Municipales.
Pasado el plazo de exposición pública y audiencia a los interesados por plazo de 30 días, no han sido presentadas reclamaciones y/o sugerencia alguna. Por lo tanto se entiende definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional. Entra en vigor, una vez publicado su texto íntegramente en el Boletín Oficial de Provincia y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 (quince días hábiles, a partir de la comunicación del acuerdo).
Porcentajes de cada uno de los criterios para la cuantificación económica del Complemento de Productividad
- INICIATIVA (15%). Retribuye la solución satisfactoria de problemas puntuales que puedan surgir en el desarrollo de su puesto de trabajo, por iniciativa propia y que, en caso de no haber sido adoptada la solución, hubiera supuesto retraso o paralización en su tarea. Asimismo retribuye aquellas iniciativas o actuaciones del personal funcionario que supongan mejoras en la prestación del servicio y en el ámbito de las relaciones interadministrativas con organismos públicos. Se valorará el número de problemas puntuales solucionados, importancia de los mismos y mejoras introducidas en los servicios.
- EFICACIA (25%). Retribuye la celeridad y el buen resultado en el desempeño de las tareas del puesto de trabajo. Podrá asignarse a la consecución de objetivos concretos en un periodo de tiempo previamente determinado. Se valorará la calidad, el número de tareas y el resultado del trabajo desempeñado, así como el cumplimiento del objetivo propuesto.
- INTERÉS (20%). Retribuye fundamentalmente el grado de entrega del personal funcionario evaluado, entendiéndose el grado de entrega como la implicación en el perfecto cumplimiento de las tareas asignadas. Se valorará el grado de corresponsabilidad asumido por el personal funcionario y se evaluará asimismo mediante el presente programa la pronta asistencia a la prestación de los servicios demandados, aunque se soliciten fuera del horario de trabajo.
- TAREAS PUESTO SUPERIOR (40%). Retribuye el desempeño de forma habitual de tareas propias de un puesto superior a las asignadas al suyo en el catálogo de puestos de trabajo, siempre y cuando este desempeño no se haya visto retribuido con el abono de las retribuciones complementarias correspondientes al mismo. Se valorará, tanto el período de tiempo que se haya desempeñado durante el mes, como si se han asumido todas o en parte las tareas del puesto superior.
REGLAMENTO DEL COMPLEMENTO DE PRODUCTIVIDAD DEL PERSONAL FUNCIONARIO Y LABORAL FIJO
Capítulo I
Ámbito de aplicación
Artículo 1.
El objeto del presente Reglamento es la regulación de la concesión y percepción del complemento de productividad.
Artículo 2.
Esta norma será de aplicación a todos los empleados públicos del Ayuntamiento de Pozoblanco a los que sea aplicable, la estructura retributiva del personal funcionario, a fecha presente el personal funcionario y laboral fijo, y en el futuro a todo aquel personal a quien se le declare aplicable la estructura retributiva del convenio de personal laboral de este Ayuntamiento.
Artículo 3.
El complemento de productividad está destinado a retribuir el especial rendimiento, el grado de interés, la iniciativa o el esfuerzo de los empleados públicos del Ayuntamiento de Pozoblanco. Se concibe como un elemento motivador encaminado a dar satisfacción e incrementar la aportación de los empleados públicos a los servicios que presta el Ayuntamiento. Ha de responder a principios de equidad, justicia e igualdad de oportunidades.
Artículo 4.
La cuantía de este complemento no podrá exceder del porcentaje establecido en el artículo 7.2 b) del R.D. 861/1986, de 25 de abril, por el que se establece el régimen de las retribuciones de los funcionarios de la Administración Local, sobre los costes totales de personal que aparecerán determinados globalmente en el presupuesto municipal.
Artículo 5.
La percepción de este complemento no tiene carácter consolidable, en ningún caso implicará derecho alguno a su mantenimiento y no originará ningún tipo de derecho individual respecto a valoraciones correspondientes a períodos sucesivos. El complemento de productividad no se abonará en situaciones de incapacidad temporal.
Artículo 6.
De conformidad con lo establecido en el artículo 5.4 del R.D. 861/1986, de 25 de abril, por el que se establecen el régimen de las retribuciones de los funcionarios de la Administración Local, las cantidades percibidas en concepto de productividad por cada funcionario serán de conocimiento público tanto de los demás empleados públicos de la Corporación como de los representantes sindicales.
Artículo 7.
Los complementos de productividad se devengarán con carácter mensual en las cuantías, circunstancias y condiciones que se contempla en el Capítulo II de este Reglamento.
Artículo 8.
La percepción del complemento de productividad, en cualquier cuantía, se hará incompatible con percepción por gratificaciones extraordinarias o por horas extraordinarias excepto cuando excedan de la jornada laboral ordinaria y sean necesarias y por situaciones puntuales y excepcionales y siempre que el trabajador acceda voluntariamente.
Capítulo II
Conceptos y procedimiento para su concesión
Artículo 9.
Se establecen los siguientes conceptos de productividad.
A. Complemento puntual por trabajos excepcionales. Entendiendo como tales aquellos que tienen que ver con las funciones o tareas que tiene asignadas el empleado público, pero que su realización es esporádica en determinados períodos.
B. Complemento de productividad por realizar funciones o tareas que tiene asignadas el empleado público y pueden valorarse por criterios objetivos cuantificables.
C. Complemento de productividad por realizar funciones o tareas que tiene asignadas el empleado público y tienen una valoración cualitativa superior a la que corresponde a su categoría profesional.
Artículo 10.
Los criterios de valoración del complemento de productividad se determinan en el Capítulo III.
Artículo 11.
El procedimiento para la concesión de complemento de productividad es el siguiente:
A. Corresponde a la Alcaldía conceder la productividad de los empleados públicos que se les pudiera conceder un complemento de productividad puntual por trabajos excepcionales (artículo 9.a).
B. Corresponde a la Alcaldía, al concejal, responsables de áreas, unidades, servicios, proponer la productividad de los empleados públicos a su cargo, que se les pudiera conceder un complemento de productividad por realizar funciones o tareas que tienen asignada y que pueden ser objeto de una valoración cuantitativa o cualitativa en los supuestos del artículo 9.b y 9.c).
C. A la propuesta de productividad deberá adjuntarse informe del responsable del servicio, en el que se justifique la concesión de la productividad con su correspondiente valoración.
D. La propuesta, junto con el informe y la valoración se remitirá a departamento de Intervención para su cuantificación económica en función de los criterios que se establecen en el Capítulo III.
E. La Alcaldía aprobará asimismo la concesión del complemento de productividad, en los supuestos previstos en el artículo 9 b) y c).
Artículo 12.
Sin perjuicio del devengo mensual del complemento de productividad, la valoración y cuantificación del mismo, se atendrá a los siguientes plazos, para cada uno de los supuestos del artículo anterior:
En el supuesto del apartado a), se valorará y cuantificará el complemento a asignar, una vez finalizados los trabajos excepcionales que lo motivan , y será prorrateable en una o varias mensualidades, dependiendo de su cuantía global, sin superar en ninguna mensualidad el 30% de la suma total de las cantidades asignadas al trabajador por los conceptos de salario base, antigüedad, complemento de destino y ayuda familiar y sin perjuicio del límite global en cómputo anual, previsto en el capítulo III.
En el supuesto del apartado b), se valorará y cuantificará el complemento a asignar, trimestralmente, y se prorrateará en los meses sucesivos, sin superar en ningún caso el límite global en cómputo anual previsto en el capítulo III.
En el supuesto del apartado c), se valorará anualmente, con motivo de la aprobación de los Presupuestos Generales de la Entidad, si permanecen las circunstancias que motivaron la asignación del complemento por desarrollo de funciones o tareas con una valoración cualitativa superior a la que corresponde a su categoría profesional, a los efectos de determinar si continúan las mismas circunstancias o estas han variado.
Capítulo III
Criterios y valoración económica del complemento de productividad
Artículo 13.
A. Complemento de productividad por trabajos excepcionales y puntuales. Entendiendo como tales aquellos que tienen que ver con las funciones o tareas que tiene asignadas el empleado público, pero de realización esporádica en períodos de tiempo puntuales.
a. Este complemento se concederá a aquellos empleados públicos, que por necesidades de la organización, realicen funciones y tareas que tienen asignadas en la descripción de funciones de su puesto de trabajo de realización esporádica en períodos puntuales de gran volumen de trabajo o bien de carácter excepcional dentro del período anual, retribuyendo el especial rendimiento, la actividad extraordinaria y el interés e iniciativa con que el funcionario desempeña su trabajo.
b. La cuantía a percibir, será computada en bruto anual, no pudiendo superar el 20 % de la suma total anual de las cantidades asignadas al trabajador por los conceptos de salario base, antigüedad, complemento de destino y ayuda familiar.
c. Los factores a tener en cuenta para el informe propuesta de productividad son:
I. La capacidad técnica del trabajador para dirigir equipos, analizar o interpretar normativas, nuevas tecnologías, nuevos procesos de trabajo, informar o presupuestar.
II. Iniciativa a la hora de detectar problemas, plantear soluciones y/o presentar propuestas tendentes a mejorar el funcionamiento de la organización y por ende, mejorar los servicios prestados.
III. Grado de relevancia o repercusión de las decisiones, entendiendo como tal el modo en que la decisión adoptada afecta a la organización tanto en cuestiones económicas como organizativas o de imagen de la misma.
IV. Responsabilidad en el ejercicio de sus funciones. Este factor considera la importancia y consecuencias que puede comportar para la organización la comisión de un error involuntario. Hay que tener en cuenta para valorar este ítem:
– La relevancia del error para el área en la secuencia de trabajo.
– La importancia de pérdidas económicas, materiales y/o personales.
– El tipo de responsabilidad (penal, civil y/o administrativa).
B. Complemento de productividad por realizar funciones o tareas que tiene asignadas el empleado público y pueden valorarse por criterios objetivos cuantificables.
a. Este complemento se concederá a aquellos empleados públicos, que realicen funciones y tareas que tienen asignadas y retribuyen el especial rendimiento e interés en las tareas o funciones encomendadas.
b. La cuantía a percibir, en bruto anual, no podrá superar el 25 % de la suma total anual de las cantidades asignadas al trabajador por los conceptos de salario base, antigüedad, complemento de destino y ayuda familiar.
c. Los factores a tener en cuenta para el informe propuesta de productividad son:
I. Para los puestos de carácter no administrativo el esfuerzo físico que supone la realización de las tareas o funciones por encima de la media que realizan trabajadores de puestos similares.
II. Para puestos de carácter administrativo el esfuerzo intelectual o concentración que supone la realización de las tareas por encima de la media que realizan trabajadores de puestos similares.
Las medias, las establecerá el concejal delegado del área, previo informe del funcionario o trabajador responsables de áreas, unidades, servicios de los empleados públicos a su cargo en función de los valores obtenidos en el último año, no pudiendo existir, entre el mayor rendimiento y la media, una diferencia superior al 25%.
C. Complemento de productividad por realizar funciones o tareas que tiene asignadas el empleado público y tienen una valoración cualitativa superior a la que corresponde a su categoría profesional.
a. Este complemento se concederá a aquellos empleados públicos, que realicen funciones y tareas que tienen asignadas y que impliquen el desarrollo de tareas de superior categoría, hasta que se elabore la preceptiva relación de puestos de trabajo o se sustituya por un complemento específico asignado al respectivo puesto de trabajo.
b. La cuantía a percibir, en bruto anual, será la suma de la diferencia de los complementos de destino y específico de puestos equivalentes, que sí tengan reconocido en su complemento específico este factor, sin que en ningún caso pueda superar el 30 % (tope máximo legal) de la suma total anual de las cantidades asignadas al trabajador por los conceptos de salario base, antigüedad, complemento de destino y ayuda familiar.
c. Los factores a tener en cuenta para el informe propuesta de productividad son:
I. Diversificación funcional de procedimientos o tareas así como el aumento de las mismas como consecuencia de la asignación de trabajos superiores a los que están definidos en su puesto de trabajo.
II. Frecuencia y nivel de reciclaje necesario para asimilar nuevos conocimientos o técnicas para realizar las funciones, procedimientos o tareas asignados.
III. Autonomía e independencia con lo que se pretende valorar la autonomía en la toma de decisiones a la hora de ser consultadas o validadas por un superior jerárquico.
IV. Responsabilidad en el ejercicio de sus funciones. Este factor considera la importancia y consecuencias que puede comportar para la organización la comisión de un error involuntario. Hay que tener en cuenta para valorar este ítem:
– La relevancia del error para el área en la secuencia de trabajo.
– La importancia de pérdidas económicas, materiales y/o personales.
– El tipo de responsabilidad (penal, civil y/o administrativa).
Actualidad
La hinojoseña Emiliana Rubio recoge el Premio Huella, otorgado a la Plataforma Ibérica por los Caminos Públicos
La Plataforma Ibérica por los Caminos Públicos (PICP) ha recibido el Premio Huella por su defensa del patrimonio caminero. Su coordinadora, Emiliana Rubio, de Hinojosa del Duque, recogió este jueves el reconocimiento que otorga el Club Deportivo Torozo en Sonseca, de Toledo.
La actuación humana en el medio natural que llevan a cabo las personas y entidades que configuran la Plataforma Ibérica por los Caminos Públicos (PICP) a nivel estatal ha sido merecedora este 2025 del V Premio Huella con el que el Club Deportivo Torozo de Sonseca, en Toledo, reconoce las buenas prácticas para la preservación del entorno. La entrega del premio ha tenido lugar en el marco de las XXII Jornadas de la Montaña que Sonseca celebra del 30 de octubre al 27 de noviembre.
Emiliana Rubio, coordinadora desde 2023 de la PICP, fue la encargada de recoger este reconocimiento en la jornada del jueves 30 de octubre en el municipio de Sonseca, en Castilla La Mancha, donde agradeció al Club Deportivo Torozo esta distinción con la que se rinde tributo a personas y organizaciones que defienden de forma desinteresada la recuperación de los trazados de caminos públicos y vías pecuarias a lo largo y ancho de la Península Ibérica.
Clubes deportivos, federaciones de montaña y senderismo, asociaciones ecologistas y de defensa del patrimonio, y personas a nivel particular integran la Plataforma Ibérica por los Caminos Públicos. La PICP celebra dos grandes citas a nivel estatal a lo largo del año: la XVII Jornada en Defensa de los Caminos Públicos que este 2025 acoge el municipio de Garcíaz, en Extremadura junto a la asociación Raíces de Garcíaz, y el Día de las Vías Pecuarias y los Caminos Públicos, con más de un centenar de acciones en municipios de toda España.
Emiliana Rubio, de Hinojosa del Duque, es parte activa de la asociación Entrehinojos y la primera coordinadora de la Plataforma Ibérica. Fue elegida en el marco de la Asamblea celebrada en el Centro de La Fontanita de Adenex en Montánchez (Cáceres) en el año 2023. Esta senderista de Córdoba tomó el relevo en el cargo a Manuel Trujillo como coordinador general, que continúa como vocal en este período en la dirección del espacio más relevante para la preservación de caminos públicos y vecinales y de las vías pecuarias en España.
Actualidad
XV Jornadas de Participación Ciudadana en Hinojosa del Duque
Con una programación pensada para todos los públicos e importantes novedades llegan a Hinojosa del Duque las XV Jornadas de Participación Ciudadana, que tendrán lugar en la localidad los días 6 y 8 de noviembre de 2025.
En el acto de presentación de la cita han participado el alcalde de Hinojosa del Duque, Matías González, y los concejales Santiago Jesús Aranda, Juan Antonio Antón, María Antonia Ramírez y Enrique Delgado.
En su intervención, el alcalde de Hinojosa del Duque, Matías González, ha destacado la importancia de continuar “con unas Jornadas de Participación Ciudadana que año a año siguen creciendo con la participación de los colectivos”, además de destacar la labor del Consejo de Participación Ciudadana en Hinojosa del Duque.
Por su parte, el primer teniente de alcalde y concejal de Participación Ciudadana, Santiago Jesús Aranda, ha señalado “la importancia de las Jornadas de Participación Ciudadana ya que refleja la importancia del tejido iniciativo de Hinojosa del Duque, con toda la vida que nuestras asociaciones dan a nuestro pueblo en numerosas actividades”.
A continuación, Santiago Jesús Aranda ha desgranado las XV Jornadas de Participación Ciudadana comenzarán el próximo jueves 6 de noviembre a las 20:30 horas en el Centro Social de Desarrollo on la inauguración a cargo de Matías González, alcalde de Hinojosa del Duque, y la presentación de la cita por parte de Santiago Jesús Aranda, concejal de Participación Ciudadana.
Después tendrá lugar una ponencia sobre asociacionismo a cargo de Manuel Sánchez Maldonado, miembro del Consejo Local de Participación Ciudadana, que será presentado por José Ossman Fajardo Amaya, presidente del Consejo Local de Participacion Ciudadana.
Y el sábado 8 de noviembre, en el Pabellon El Pilar, tendrá lugar el Encuentro de Asociaciones Locales a partir de las 12:000 horas, donde podrán exponer sus actividades en sus stand, contando con la participación de una veintena de asociaciones de la localidad.
A las 13:00 horas tendrá lugar la charla ‘La salud comunitaria’, a cargo de Carmen Barbero Linares, de la Red Local de Acción en Salud, a las 13:30 horas se presentará la Asociación Iglesia Evangélica Agua de Vida con ’10 años sirviendo a la comunidad’ y a las 13:30 horas será la presentación de la Asociación Insuga-Proyecto Hombre.
Después, a las 13:40 horas tendrá lugar la presentación del Centro Social Sanitario Sueño Compartido y a las 13:50 horas comenzará el Taller de Lengua de Signos para niños, niñas y adultos de la Asociación DAFHI. Luego, a las 14:10 horas, habrá una exhibición de Salsation Kid a cargo de la Instructora Elit Vanessa Espinoza.
Después a las 14:30 horas será el acto de homenaje a la Asociación DAFHI y a partir de las 16:00 horas será la actuación infantil CIRCOSOL, una iniciativa de la Asociación de la Iglesia Evangélica Agua de Vida, mientras que a las 17:00 horas será la entrega de premios y clausura.
Habrá actividades en los stands como exhibición de tiro con tirachinas en el stand de la Asociación Pasión por el Tirachinas y un taller para niños, niñas y adultos con arcilla, en el stand de la Asociación De la Iglesia Evangélica Agua de Vida.
Además, durante toda la jornada, de 12:00 a 17:00 horas, tendrá lugar la Feria de Video Juegos de Hinojosa del Duque en el Pabellon El Pilar con 12 puestos de monitor y consolas con juegos, 2 asientos con volantes, 1 gafas Virtual Reality, 5 torneos de videojuegos con premios para los ganadores de FC 26, Mario Kart, Dragon Ball, Tekken 8 y Just Dance.
Actualidad
Un servicio de información a personas con enfermedades raras en Los Pedroches
La Federación Centro de Referencia Andaluz de Enfermedades Raras (CRAER) ha puesto en marcha, gracias al proyecto “Punto de apoyo integral: Servicio de información y orientación para personas con enfermedades raras y crónicas”, un servicio cuyo objetivo es brindar atención personalizada a personas con enfermedades raras o crónicas y a sus familias.
El Servicio de Información y Orientación (SIO), financiado por el Instituto Provincial de Bienestar Social (IPBS) de Córdoba, pretende facilitar a las personas afectadas por un enfermedad rara o crónica y a sus familias el acceso a recursos, derechos y redes de apoyo.
“La experiencia proporcionada por anteriores proyectos en esta misma línea, evidenció la falta de información sobre los recursos públicos existentes para las personas que padecen una enfermedad rara o crónica”, comenta la presidenta de CRAER, Rosa García, quien apunta que, además, “las enfermedades raras, crónicas y discapacitantes tienen efectos perniciosos en las familias, entre ellos, el aislamiento social, los perjuicios económicos o los altos niveles de estrés ante la incertidumbre que genera el desconocimiento sobre la evolución de la enfermedad”.
Esta situación se agudiza en pequeñas poblaciones, de ahí que el proyecto atenderá, especialmente, a personas afectadas de aquellos núcleos que tienen más riesgo de despoblación. En concreto, el proyecto contempla extender el SIO por Fuente La Lancha, Espiel, Belmez, Guadalcázar, Dos Torres, Pedroche, El Carpio, Hinojosa del Duque, Fernán Núñez, Nueva Carteya, Posadas, Almodóvar del Río, La Rambla, Pozoblanco y Cabra.
El proyecto de CRAER también facilitará a las personas beneficiarias del proyecto el contacto a los diferentes grupos de autoayuda con los que cuenta y también formación en herramientas telemáticas para poder acceder a las distintas administraciones y ejercer sus derechos”, señala García, quien remarca que “cada vez es más común efectuar trámites burocráticos a través de internet para las que es necesario el certificado digital y la firma digital, pero muchas personas no saben cómo obtenerlo ni cómo utilizarlos y eso provoca que no puedan acceder a ayudas u otros servicios en igualdad de condiciones que quienes sí disponen de identidad digital acreditada”.
Por otra parte, el SIO servirá para conocer las necesidades de este colectivo y sus familiares, visibilizar las necesidades no cubiertas, detectar los vacíos legales sobre su atención o elaborar estudios o informes para que las administraciones competentes puedan atender sus demandas.
-
En-Red-Ando hace 9 mesesLos Pedroches, el agua y la miseria hace 50 años (parte 2)
-
En-Red-Ando hace 9 mesesLos Pedroches, el agua y la miseria hace 50 años (parte 1)
-
En-Red-Ando hace 9 mesesLos Pedroches, el agua y la miseria hace 50 años (y parte 3)
-
Actualidad hace 5 mesesSe pide a la Junta un aula específica en el colegio de Villaralto que por ahora deniega
-
Actualidad hace 8 mesesEl cartel retocado del 8M en Pozoblanco
-
Actualidad hace 8 mesesEl PSOE denuncia que Villaralto devolverá 15.000 euros por no ejecutar un arreglo de caminos
-
Actualidad hace 5 mesesEl PSOE de Torrecampo, Pedroche y Pozoblanco exigen el arreglo urgente de la carretera A-435
-
En-Red-Ando hace 9 mesesLos Pedroches luchando unidos, aquellos tiempos (parte 1)



