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Convocatoria para la provisión en propiedad de dos plazas de Vigilantes Municipales en Añora
Hoy aparece publicado en el Boletín Oficial de la Provincia anuncio del Ayuntamiento de Añora, relativo a la Bases que regirán la Convocatoria para la provisión en propiedad, mediante el procedimiento de oposición libre, de dos plazas de Vigilantes Municipales vacantes en la plantilla de funcionarios:
Por medio del presente se hace público que mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local el día 27 de enero de 2017 se han aprobado las siguientes:
BASES QUE REGIRÁN LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD, MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE OPOSICIÓN LIBRE, DOS PLAZAS DE VIGILANTES MUNICIPALES VACANTES EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DEL AYUNTAMIENTO DE AÑORA
1. Objeto de la convocatoria
Es objeto de esta convocatoria la provisión en propiedad de dos plazas vacantes en la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento incluida en la Oferta de Empleo Público de 2016, perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Categoría Vigilantes Municipales mediante el procedimiento de selección de oposición libre, dotada con la retribución establecida en el Anexo de Personal del Presupuesto General del Ayuntamiento.
2. Legislación aplicable
2.1. Con la convocatoria se pretende cubrir dos plazas de Vigilantes Municipales reguladas en el artículo 6.1 de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de Policías Locales.
2.2. A la presente convocatoria le será de aplicación la Ley 7/85, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local; R.D.L. 781/1986, de 18 de abril; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; R.D. 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y supletoriamente el Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Régimen general de Ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, y el R.D. 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
3. Requisitos de los aspirantes
Para poder participar en el proceso selectivo los participantes deberán reunir, antes de que termine el último día de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
a) Nacionalidad española.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del puesto.
c) Tener cumplido los 18 años y no haber cumplido la edad de jubilación forzosa.
d) Estar en posesión de graduado en Educación Secundaria Obligatoria (ESO) o equivalente.
e) No haber sido condenado por delito doloso, ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
No obstante será aplicado el beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas, si el interesado lo justifica.
f) Estar en posesión de los permisos de conducir clase A2 y B.
g) Compromiso de conducir vehículos oficiales, en concordancia con el apartado anterior.
h) Declaración del compromiso de portar armas y utilizarlas cuando legalmente sea preceptivo.
Estos requisitos deberán acreditarse documentalmente.
4. Solicitudes
4.1. En el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOE de la presente convocatoria, quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas cursarán su solicitud dirigida al titular de la Alcaldía del Ayuntamiento, manifestando que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, conforme al modelo que figura en el Anexo I de estas Bases.
4.2. Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o conforme a lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en adelante LPACAP.
4.3. A las solicitudes deberán acompañarse resguardo acreditativo de haber satisfecho el importe de los derechos de exámenes que ascienden a 72 euros, cantidad que deberá ser pagada mediante ingreso en la cuenta bancaria de titularidad del Ayuntamiento de Añora número de IBAN ES6731870582801147022121 de la Entidad Bancaria Caja Rural del Sur, debiendo consignar en el concepto el nombre del aspirante, aun cuando sea impuesto por persona distinta, así como la plaza a que se opta.
La falta de acreditación del pago de la tasa determinará la exclusión definitiva del solicitante. La exclusión definitiva del proceso selectivo o la no presentación o realización de alguno de los ejercicios de la fase de oposición, no dará lugar a la devolución de los derechos de examen abonados.
4.4. Si alguna de las solicitudes adolece de algún defecto, se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días hábiles subsane la falta o, en su caso, acompañe la documentación preceptiva, indicándole que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido en su solicitud, previa resolución que se dictará al efecto, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la LPACAP.
5. Admisión de aspirantes
5.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano correspondiente del Ayuntamiento dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos y las causas de exclusión. En dicha resolución, que deberá publicarse en el BOP, en caso de que no exprese la relación de todos los solicitantes, se indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalando un plazo de diez días hábiles para su subsanación.
5.2. Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior, la autoridad convocante dictará resolución declarando aprobados los listados definitivos de aspirantes admitidos, determinando el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios.
6. Tribunal Calificador
6.1. El Tribunal calificador estará constituida por un Presidente, cuatro vocales y un Secretario.
Presidente: A nombrar por la persona titular de la Alcaldía.
Vocales: Cuatro, a nombrar por la persona titular de la Alcaldía.
Secretario: El titular de la Corporación u otro funcionario del Ayuntamiento, con voz y sin voto.
6.2. No podrán formar parte del Tribunal: El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual. La pertenencia al Tribunal será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
6.3. Los vocales del Tribunal deberán poseer titulación y especialización de igual o superior nivel de titulación a la exigida para el ingreso en la plaza convocada.
6.4. Junto a los titulares se nombrarán suplentes, en igual número y con los mismos requisitos.
6.5. El Tribunal podrá contar, para todas o algunas de las pruebas, con la colaboración de asesores técnicos, con voz y sin voto.
6.6. El Tribunal podrá actuar válidamente con la asistencia del Presidente, dos Vocales y el Secretario.
Le corresponderá dilucidar las cuestiones planteadas durante el desarrollo del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo, calificar las pruebas establecidas.
6.7. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir y los aspirantes podrán promover la recusación en los casos de los arts. 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
6.8. A los efectos de lo establecido en el R.D. 462/2002, de 24 de mayo, de indemnización por razón del servicio, y disposiciones complementarias, el Tribunal se clasifica en la categoría segunda.
7. Inicio de la convocatoria y celebración de las pruebas
7.1. La actuación de los aspirantes se iniciará por orden alfabética, conforme al resultado del sorteo público que a tal efecto se celebrará.
7.2. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificado y libremente apreciado por el Tribunal.
7.3. El Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los aspirantes para que acrediten su identidad.
7.4. Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las respectivas pruebas en el BOP. Estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en el tablón de anuncios de la Corporación, con doce horas, al menos, de antelación del comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o veinticuatro horas, si se trata de un nuevo ejercicio.
7.5. Desde la total conclusión de un ejercicio o de una prueba hasta el comienzo del siguiente deberá trascurrir un plazo mínimo de cinco días hábiles y máximo de cuarenta y cinco días hábiles.
8. Proceso selectivo
El proceso selectivo constará de una única fase de oposición en la que los aspirantes deberán superar las siguientes pruebas, que se desarrollarán en el orden establecido en la convocatoria, asegurando la objetividad y racionalidad de la selección. Las pruebas tendrán carácter eliminatorio.
8.1. Primera prueba: Aptitud física.
Los aspirantes realizarán las pruebas de aptitud física que se describen en el Anexo II de la presente convocatoria, y en el orden que se establece, siendo cada una de ellas de carácter eliminatorio. Se calificará de apto o no apto.
Para la realización de las pruebas de aptitud física, los aspirantes deberán entregar al Tribunal Calificador, un certificado médico en el que se haga constar que el aspirante reúne las condiciones físicas precisas para realizar las pruebas. Su no aportación impedirá la realización de las pruebas y por tanto la exclusión del aspirante.
Si alguna de las aspirantes en la fecha de celebración de las pruebas física se encontrara en estado de embarazo, parto o puerperio, debidamente acreditado, realizará el resto de las pruebas, quedando la calificación, en el caso de que superase todas las demás, condicionada a la superación de las pruebas de aptitud física, en la fecha que el Tribunal determine al efecto, una vez desaparecida las causas que motivaron el aplazamiento.
Dicho plazo no podrá superar los seis meses de duración desde el comienzo de las pruebas selectivas, salvo que se acredite con certificación médica que persisten las causas en cuyo plazo se podrá ampliar dicho plazo otros seis meses.
Se entenderá que ha superado el proceso selectivo aquel aspirante cuya puntuación final no pueda ser alcanzada por la aspirante con aplazamiento aunque ésta supere la prueba física.
Para la realización de las pruebas físicas los opositores deberán presentarse provistos de atuendo deportivo.
8.2. Segunda prueba: Examen médico.
Con sujeción al cuadro de Exclusiones médicas que garantice la idoneidad, que figura en Anexo III de la convocatoria.
Se calificará de apto o no apto.
8.3. Tercera prueba: Psicotécnica.
La valoración psicotécnica tendrá como finalidad comprobar que los aspirantes presenten un perfil psicológico adecuado a la función policial a la que aspiran, debiendo presentar certificado médico en que haga constar que el aspirante reúne las condiciones psíquicas precisas para realizar el mencionado trabajo. Su no aportación determinará la exclusión del aspirante.
A) Valoración de aptitudes.
Se realizará una valoración del nivel intelectual y de otras aptitudes específicas, exigiéndose en todos los casos rendimientos iguales o superiores a los normales en la población general, según la baremación oficial de cada una de las pruebas utilizadas, en función del nivel de estudios que se exige para la categoría a la que se aspira.
Se explorarán los aspectos que a continuación se relacionan: inteligencia general, comprensión y fluidez verbal, comprensión de órdenes, razonamiento cognitivo, atención discriminativa y resistencia a la fatiga intelectual.
B) Valoración de actitudes y personalidad.
Las pruebas de personalidad se orientarán a evaluar los rasgos de la personalidad más significativos y relevantes para el desempeño de la función de Vigilante Municipal, así como el grado de adaptación personal y social de los aspirantes.
Asimismo, deberá descartarse la existencia de síntomas o trastornos psicopatológicos y/o de personalidad.
Se explorarán los aspectos que a continuación se relacionan: estabilidad emocional, autoconfianza, capacidad empática e interés por los demás, habilidades interpersonales, control adecuado de la impulsividad, ajuste personal y social, capacidad de adaptación de a normas, capacidad de afrontamiento al estrés y motivación por el trabajo policial.
Los resultados obtenidos en las pruebas deberán ser objeto de constatación o refutación mediante la realización de una entrevista personal en la que, además de lo anterior, se valorará también el estado psicológico actual de los candidatos. De este modo, aparte de las características de personalidad señaladas anteriormente, se explorarán también los siguientes aspectos: existencia de niveles disfuncionales de estrés o de trastornos del estado de ánimo; problemas de salud; consumo excesivo o de riesgo de alcohol u otros tóxicos y grado de medicación; expectativas respecto de la función policial, u otros.
8.4. Cuarta prueba: Conocimientos.
Consistirá en la realización de dos ejercicios.
El primer ejercicio consistirá en la contestación, por escrito, a un cuestionario de al menos setenta y cinco preguntas con cuatro respuestas alternativas, propuesto por el Tribunal de entre las materias que figuran en el Anexo IV de esta convocatoria, con una duración mínima de dos horas, y en la que se restará una pregunta correcta por cada tres incorrectas.
El segundo ejercicio consistirá en la resolución, por escrito, de uno o varios casos prácticos cuyo contenido estará relacionado con el temario, con una duración mínima de una hora.
Ambas pruebas tienen carácter independiente. Se calificará de 0 a 10 puntos cada una, siendo necesario, para aprobar, obtener al menos 5 puntos en cada uno de ellas. Si en la corrección del primer ejercicio un aspirante no obtiene la nota suficiente para aprobar, no se corregirá el segundo ejercicio quedando suspenso.
La puntuación final del aspirante es la suma de las dos notas aprobadas obtenidas en los ejercicios de la prueba de conocimientos, dividida entre dos.
9. Relación de aprobados
Una vez terminadas las pruebas, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación, con la suma y desglose de las calificaciones correspondientes del proceso selectivo, en el tablón de anuncios de la Corporación o lugar de celebración de las pruebas, elevando al órgano correspondiente del Ayuntamiento propuesta de nombramiento de los dos aspirantes que hayan obtenido mayor puntuación.
10. Presentación de documentos
10.1. Los aspirantes que hubieran superado las pruebas presentarán en el Ayuntamiento, dentro del plazo de 20 días hábiles, a partir de la publicación de la relación de aprobados, los siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada del DNI.
b) Copia compulsada de la titulación académica a que se refiere la Base 3 de la presente convocatoria.
Los opositores que aleguen estudios equivalentes a los específicamente señalados en dicha Base habrán de citar la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificación del órgano competente en tal sentido.
c) Declaración de no haber sido condenado por delito doloso ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autónoma, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, todo ello sin perjuicio de lo que el Decreto 201/2003, de 8 de julio, prevé en cuanto a la aplicación del beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas.
d) Declaración del compromiso de conducir vehículos oficiales.
e) Fotocopia compulsada de los permisos de conducción de la clase A2 y B.
f) Declaración del compromiso de portar armas y utilizarlas cuando legalmente sea preceptivo.
10.2. Quienes sean funcionarios públicos estarán exentos de acreditar documentalmente aquellos extremos que constituyen un requisito precio para su nombramiento, debiendo presentar certificación, que acredite su condición y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.
10.3. Si dentro del plazo indicado los opositores no presentaran la documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera quedando anuladas todas las actuaciones a ellos referidos, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial. En este supuesto se propondrá al candidato siguiente de la lista de aspirantes aprobados con mayor puntuación y así sucesivamente.
11. Propuesta final, nombramiento y toma de posesión
Finalizado el proceso selectivo y aportados los documentos a que se refiere la base anterior, el Sr. Alcalde, de acuerdo con la propuesta del Tribunal, procederá a nombrar funcionario de carrera a los candidatos propuestos, los cuales deberán tomar posesión en el plazo de 30 días naturales a contar desde el siguiente a la notificación a los interesados del nombramiento de funcionario de carrera, debiendo prestar previamente promesa o juramento de conformidad con lo establecido en el R.D. 707/1979, de 5 de abril.
12. Recursos
Las bases de la convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de estas y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnadas por los interesados en los supuestos y plazos establecidos en la LPACAP.
[Ver convocatoria completa, incluidos anexos, haciendo clic aquí]
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La Mancomunidad de Los Pedroches negocia con la Diputación el respaldo para la ejecución de la Agenda Urbana
La Mancomunidad de Municipios de Los Pedroches celebró ayer la primera Junta de Gobierno del año bajo la presidencia de Celia Valverde, una sesión en la que se han aprobado diversas actuaciones clave para el desarrollo de la comarca y se han analizado los principales retos que afrontan los municipios en el actual contexto de financiación y planificación territorial.
Durante la reunión, la Junta de Gobierno ha aprobado la modificación de la Mesa de Contratación Permanente, una medida orientada a mejorar la organización y eficacia de los procedimientos administrativos de la entidad supramunicipal. Asimismo, se ha dado luz verde a distintos proyectos que inciden de forma directa en la mejora de los servicios públicos, el impulso turístico y la transición energética en Los Pedroches.
Entre las iniciativas aprobadas se encuentran el pliego de servicios para la actuación y promoción del producto turístico Starlight, destinado a reforzar la proyección de la comarca como destino vinculado a la calidad de su cielo nocturno; el proyecto de instalación de toldos en la localidad de Alcaracejos; actuaciones para la mejora y señalización de puntos de interés ornitológico; y diversas intervenciones incluidas en el Plan de Sostenibilidad Turística en Destino (PSTD). A ello se suman proyectos relacionados con la implantación de energía solar fotovoltaica en la comarca y con la mejora de la iluminación ornamental en varios municipios, con criterios de eficiencia energética y valorización del entorno urbano.
Reunión con el presidente de la Diputación
En el transcurso de la sesión, la presidenta de la Mancomunidad ha informado también de la reunión mantenida con el presidente de la Diputación Provincial de Córdoba, Salvador Fuentes. En dicho encuentro se han abordado distintos asuntos de interés estratégico para Los Pedroches. Uno de los temas prioritarios tratados ha sido la situación de la Agenda Urbana Pozoblanco-Los Pedroches, diseñada por la propia Diputación Provincial y que ha sido seleccionada para recibir financiación europea a través de los Planes de Actuación Integrados con cargo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) 2021-2027.
La Agenda Urbana de Los Pedroches ha obtenido una asignación de 5,9 millones de euros de fondos europeos, sobre una petición inicial de 7 millones de euros, lo que implica que la financiación de la UE cubre aproximadamente el 85 % de lo solicitado. Ante esta circunstancia, Celia Valverde ha trasladado al presidente de la Diputación la necesidad de que la institución provincial respalde económicamente este proyecto, con el objetivo de aliviar la carga financiera de los ayuntamientos.
“La Agenda Urbana es una herramienta fundamental para transformar nuestros municipios, mejorar infraestructuras y servicios y avanzar en sostenibilidad, pero requiere de un esfuerzo económico importante”, ha señalado la presidenta de la Mancomunidad. Según ha explicado Valverde, el presidente de la Diputación Provincial ha mostrado su disposición a colaborar, dentro de la ampliación presupuestaria prevista para este tipo de actuaciones en el borrador del presupuesto provincial de 2026, cuya aprobación definitiva, aún pendiente, será determinante para concretar este respaldo institucional.
En la reunión con el presidente provincial también se ha abordado el proyecto de conexión entre los embalses de La Colada y Sierra Boyera, cuya actualización técnica ha sido elaborada por la Junta de Andalucía y remitida a la Confederación Hidrográfica del Guadiana, encontrándose actualmente pendiente de aprobación. La presidenta de la Mancomunidad ha mostrado su confianza en que puedan producirse avances significativos tanto en este proyecto como en la financiación de la Agenda Urbana, una vez se aprueben los presupuestos provinciales y la CHG acepte la actualización técnica.
En este contexto, Valverde ha recordado que, junto a esta actuación, no deberia descartarse la conexión entre Sierra Boyera y Puente Nuevo como solución alternativa, una reivindicación aprobada por unanimidad por la Mancomunidad de Municipios de Los Pedroches el pasado año. “La garantía de recursos hídricos es una cuestión estratégica para el futuro de la comarca y requiere una planificación integral y el compromiso de todas las administraciones”, ha indicado.
Durante la reunión, el presidente de la Diputación de Córdoba ha informado también a la presidenta de la Mancomunidad de las alegaciones presentadas por la Diputación y la Junta a la planificación de la red de transporte eléctrico 2025-2030 del Gobierno de España. Dichas alegaciones, que según la Diputación es esencial que se incorporen a la planificación, tienen como objetivo prioritario atender las necesidades energéticas de la zona norte de la provincia, consideradas estratégicas para su desarrollo futuro.
Políticas activas de empleo
En el apartado de informes de Presidencia, Celia Valverde también ha dado cuenta hoy a la Junta de Gobierno de varias resoluciones recibidas del Servicio Andaluz de Empleo (SAE) que suponen una inversión global superior a los 650.000 euros en políticas activas de empleo en la comarca. En concreto, se ha concedido una subvención de 225.000 euros para el desarrollo de proyectos integrales para la inserción laboral dirigidos a 50 personas pertenecientes a colectivos vulnerables, como parados de larga duración, personas en riesgo de exclusión social, inmigrantes o mujeres víctimas de violencia, con una duración de 18 meses.
Asimismo, se ha aprobado otra ayuda de 225.000 euros destinada a proyectos integrales de inserción laboral para 50 demandantes de empleo mayores de 52 años, también con una duración de 18 meses. A estas actuaciones se suma la resolución definitiva favorable para un nuevo programa de prácticas en empresas, en el marco del programa Experiencias Profesionales para el Empleo, dotado con 202.111,39 euros y orientado a la realización de 80 prácticas durante un periodo de 24 meses.
Actualidad
Según una encuesta a jóvenes, su interés es desarrollar su futuro laboral en Los Pedroches
Una encuesta realizada por la Mancomunidad de municipios de Los Pedroches a 153 alumnos de secundaria y de ciclos formativos refleja la intención de permanecer en el territorio pero con más apoyo y con mejores herramientas para emprender.
Los resultados de la encuesta ‘Soluciones para evitar la despoblación en Los Pedroches”, enmarcada en un proceso de validación de ideas el proyecto ‘Los Pedroches. Territorio y futuro’ y realizada a 153 alumnos de secundaria y de ciclos formativos reflejan una clara voluntad de permanencia en la comarca por parte de la población joven. De este modo, el 79% afirma que le gustaría que su futuro profesional estuviera en Los Pedroches, frente a un 21% que no lo contempla en este momento.
Esta acción, promovida por la Mancomunidad de municipios de Los Pedroches y que cuenta con la financiación del Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico, se centra en conectar a todos los implicados en el futuro de la población que se encuentra en periodo de formación o buscando oportunidades laborales en el medio rural.
El estudio, realizado de forma presencial y a través de redes sociales, pone de manifiesto una percepción positiva del territorio como espacio para emprendimiento y el 59% considera que Los Pedroches es un lugar idóneo para el desarrollo empresarial, mientras que un 21% afirma no haberse planteado aún crear una empresa y un 20% señala la existencia de dificultades para emprender.
Sin embargo, preguntados por los principales hándicaps que tiene emprender o desarrollar una idea de negocio en la comarca, un 40 por ciento considera que aunque el apoyo institucional es suficiente, es necesaria una mayor información y una simplificación de los trámites para acceder a los procesos y a las posibles ayudas. Casi en el mismo porcentaje, un 32 por ciento, los encuestados consideran que debería incrementarse el apoyo en territorios rurales y sólo el 28 por ciento cree que el respaldo es suficiente.
Como aportaciones principales y demandas, en el cuestionario se ha demandado mejorar las comunicaciones y las oportunidades laborales, facilitar la inversión empresarial y el acceso a suelo, ofrecer más actividades de ocio e innovación para jóvenes, simplificar procesos administrativos y ampliar la información sobre ayudas y promover alquileres y espacios de emprendimiento más accesibles.
Entre los sectores que los jóvenes creen que está su futuro, destaca que sólo un 24 por ciento pretenden dedicarse a la agricultura o a la ganadería (14 por ciento) o a la industria agroalimentaria (10 por ciento). Consideran más viables sectores como los servicios profesionales, sociales o sanitarios.
La Mancomunidad de Municipios considera que estos resultados constituyen una base de referencia para el diseño de futuras estrategias de retención de talento, dinamización socioeconómica y lucha contra la despoblación en la comarca.
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CSIF alerta de retrasos en la tramitación de prestaciones por la falta de personal del SEPE
CSIF, sindicato mayoritario en la Administración General del Estado (AGE) en Córdoba, denuncia la alarmante situación de falta de personal que sufre el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en toda la provincia, aunque este déficit es especialmente acuciante en las comarcas del Valle del Guadiato y de los Pedroches, afectando todo ello de manera grave a la atención que se presta a la ciudadanía.
El responsable provincial del Sector de AGE del sindicato, Vidal Muñoz, advierte de que “las oficinas del SEPE llevan años soportando una plantilla claramente insuficiente, sin que se hayan cubierto adecuadamente las jubilaciones, las bajas y los traslados”. Según afirma este representante sindical, “esta escasez de efectivos está provocando una sobrecarga de trabajo insostenible para el personal, así como importantes retrasos en la tramitación de prestaciones y subsidios de los ciudadanos que los solicitan”.
El sindicato remarca que la situación es especialmente crítica en las oficinas del Norte de la provincia, donde a este déficit de personal se le suma la dispersión geográfica y a la dificultad de acceso de la población, en muchos casos envejecida y con menos recursos digitales. “Se está obligando a la ciudadanía a desplazarse largas distancias o a esperar semanas para ser atendida, algo que resulta totalmente inaceptable cuando hablamos de prestaciones básicas para poder subsistir”, subraya Muñoz.
A este respecto, la central sindical revela que oficinas del SEPE como de la Fuente Obejuna no cuenta actualmente no ningún profesional por una baja que no ha sido sustituida, siendo necesario que se desplace hasta allí personal desde Hinojosa del Duque.Del mismo modo, en Pozoblanco, de una plantilla formada por seis personas, tan solo dos quedarán operativas.
CSIF recuerda que el SEPE es un servicio público esencial, de modo que “esta falta de personal no solo deteriora la calidad de la atención al público, sino que también genera un fuerte desgaste entre los trabajadores y las trabajadoras, que desempeñan su labor bajo una presión constante y con medios claramente insuficientes”.
Por todo ello, el sindicato exige una solución inmediata a este problema que debe pasar por el refuerzo urgente de las plantillas, la cobertura de todas las vacantes existentes y una planificación realista de los recursos humanos que garantice un servicio digno tanto para la ciudadanía cordobesa como para los profesionales del SEPE. Asimismo, Muñoz reclama que “se preste una atención especial a las zonas rurales del Norte de la provincia con el fin de evitar que esta escasez de personal siga profundizando la desigualdad territorial y el abandono de los servicios públicos en estas comarcas”.
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