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Convocatoria para la provisión en propiedad de dos plazas de Vigilantes Municipales en Añora

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Ayuntamiento de Añora

Hoy aparece publicado en el Boletín Oficial de la Provincia anuncio del Ayuntamiento de Añora, relativo a la Bases que regirán la Convocatoria para la provisión en propiedad, mediante el procedimiento de oposición libre, de dos plazas de Vigilantes Municipales vacantes en la plantilla de funcionarios:

Por medio del presente se hace público que mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local el día 27 de enero de 2017 se han aprobado las siguientes:

BASES QUE REGIRÁN LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD, MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE OPOSICIÓN LIBRE, DOS PLAZAS DE VIGILANTES MUNICIPALES VACANTES EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DEL AYUNTAMIENTO DE AÑORA

1. Objeto de la convocatoria

Es objeto de esta convocatoria la provisión en propiedad de dos plazas vacantes en la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento incluida en la Oferta de Empleo Público de 2016, perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Categoría Vigilantes Municipales mediante el procedimiento de selección de oposición libre, dotada con la retribución establecida en el Anexo de Personal del Presupuesto General del Ayuntamiento.

2. Legislación aplicable

2.1. Con la convocatoria se pretende cubrir dos plazas de Vigilantes Municipales reguladas en el artículo 6.1 de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de Policías Locales.

2.2. A la presente convocatoria le será de aplicación la Ley 7/85, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local; R.D.L. 781/1986, de 18 de abril; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; R.D. 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y supletoriamente el Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Régimen general de Ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, y el R.D. 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

3. Requisitos de los aspirantes

Para poder participar en el proceso selectivo los participantes deberán reunir, antes de que termine el último día de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Nacionalidad española.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del puesto.

c) Tener cumplido los 18 años y no haber cumplido la edad de jubilación forzosa.

d) Estar en posesión de graduado en Educación Secundaria Obligatoria (ESO) o equivalente.

e) No haber sido condenado por delito doloso, ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

No obstante será aplicado el beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas, si el interesado lo justifica.

f) Estar en posesión de los permisos de conducir clase A2 y B.

g) Compromiso de conducir vehículos oficiales, en concordancia con el apartado anterior.

h) Declaración del compromiso de portar armas y utilizarlas cuando legalmente sea preceptivo.

Estos requisitos deberán acreditarse documentalmente.

4. Solicitudes

4.1. En el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOE de la presente convocatoria, quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas cursarán su solicitud dirigida al titular de la Alcaldía del Ayuntamiento, manifestando que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, conforme al modelo que figura en el Anexo I de estas Bases.

4.2. Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o conforme a lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en adelante LPACAP.

4.3. A las solicitudes deberán acompañarse resguardo acreditativo de haber satisfecho el importe de los derechos de exámenes que ascienden a 72 euros, cantidad que deberá ser pagada mediante ingreso en la cuenta bancaria de titularidad del Ayuntamiento de Añora número de IBAN ES6731870582801147022121 de la Entidad Bancaria Caja Rural del Sur, debiendo consignar en el concepto el nombre del aspirante, aun cuando sea impuesto por persona distinta, así como la plaza a que se opta.

La falta de acreditación del pago de la tasa determinará la exclusión definitiva del solicitante. La exclusión definitiva del proceso selectivo o la no presentación o realización de alguno de los ejercicios de la fase de oposición, no dará lugar a la devolución de los derechos de examen abonados.

4.4. Si alguna de las solicitudes adolece de algún defecto, se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días hábiles subsane la falta o, en su caso, acompañe la documentación preceptiva, indicándole que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido en su solicitud, previa resolución que se dictará al efecto, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la LPACAP.

5. Admisión de aspirantes

5.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano correspondiente del Ayuntamiento dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos y las causas de exclusión. En dicha resolución, que deberá publicarse en el BOP, en caso de que no exprese la relación de todos los solicitantes, se indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalando un plazo de diez días hábiles para su subsanación.

5.2. Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior, la autoridad convocante dictará resolución declarando aprobados los listados definitivos de aspirantes admitidos, determinando el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios.

6. Tribunal Calificador

6.1. El Tribunal calificador estará constituida por un Presidente, cuatro vocales y un Secretario.

Presidente: A nombrar por la persona titular de la Alcaldía.

Vocales: Cuatro, a nombrar por la persona titular de la Alcaldía.

Secretario: El titular de la Corporación u otro funcionario del Ayuntamiento, con voz y sin voto.

6.2. No podrán formar parte del Tribunal: El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual. La pertenencia al Tribunal será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

6.3. Los vocales del Tribunal deberán poseer titulación y especialización de igual o superior nivel de titulación a la exigida para el ingreso en la plaza convocada.

6.4. Junto a los titulares se nombrarán suplentes, en igual número y con los mismos requisitos.

6.5. El Tribunal podrá contar, para todas o algunas de las pruebas, con la colaboración de asesores técnicos, con voz y sin voto.

6.6. El Tribunal podrá actuar válidamente con la asistencia del Presidente, dos Vocales y el Secretario.

Le corresponderá dilucidar las cuestiones planteadas durante el desarrollo del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo, calificar las pruebas establecidas.

6.7. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir y los aspirantes podrán promover la recusación en los casos de los arts. 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

6.8. A los efectos de lo establecido en el R.D. 462/2002, de 24 de mayo, de indemnización por razón del servicio, y disposiciones complementarias, el Tribunal se clasifica en la categoría segunda.

7. Inicio de la convocatoria y celebración de las pruebas

7.1. La actuación de los aspirantes se iniciará por orden alfabética, conforme al resultado del sorteo público que a tal efecto se celebrará.

7.2. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificado y libremente apreciado por el Tribunal.

7.3. El Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los aspirantes para que acrediten su identidad.

7.4. Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las respectivas pruebas en el BOP. Estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en el tablón de anuncios de la Corporación, con doce horas, al menos, de antelación del comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o veinticuatro horas, si se trata de un nuevo ejercicio.

7.5. Desde la total conclusión de un ejercicio o de una prueba hasta el comienzo del siguiente deberá trascurrir un plazo mínimo de cinco días hábiles y máximo de cuarenta y cinco días hábiles.

8. Proceso selectivo

El proceso selectivo constará de una única fase de oposición en la que los aspirantes deberán superar las siguientes pruebas, que se desarrollarán en el orden establecido en la convocatoria, asegurando la objetividad y racionalidad de la selección. Las pruebas tendrán carácter eliminatorio.

8.1. Primera prueba: Aptitud física.

Los aspirantes realizarán las pruebas de aptitud física que se describen en el Anexo II de la presente convocatoria, y en el orden que se establece, siendo cada una de ellas de carácter eliminatorio. Se calificará de apto o no apto.

Para la realización de las pruebas de aptitud física, los aspirantes deberán entregar al Tribunal Calificador, un certificado médico en el que se haga constar que el aspirante reúne las condiciones físicas precisas para realizar las pruebas. Su no aportación impedirá la realización de las pruebas y por tanto la exclusión del aspirante.

Si alguna de las aspirantes en la fecha de celebración de las pruebas física se encontrara en estado de embarazo, parto o puerperio, debidamente acreditado, realizará el resto de las pruebas, quedando la calificación, en el caso de que superase todas las demás, condicionada a la superación de las pruebas de aptitud física, en la fecha que el Tribunal determine al efecto, una vez desaparecida las causas que motivaron el aplazamiento.

Dicho plazo no podrá superar los seis meses de duración desde el comienzo de las pruebas selectivas, salvo que se acredite con certificación médica que persisten las causas en cuyo plazo se podrá ampliar dicho plazo otros seis meses.

Se entenderá que ha superado el proceso selectivo aquel aspirante cuya puntuación final no pueda ser alcanzada por la aspirante con aplazamiento aunque ésta supere la prueba física.

Para la realización de las pruebas físicas los opositores deberán presentarse provistos de atuendo deportivo.

8.2. Segunda prueba: Examen médico.

Con sujeción al cuadro de Exclusiones médicas que garantice la idoneidad, que figura en Anexo III de la convocatoria.

Se calificará de apto o no apto.

8.3. Tercera prueba: Psicotécnica.

La valoración psicotécnica tendrá como finalidad comprobar que los aspirantes presenten un perfil psicológico adecuado a la función policial a la que aspiran, debiendo presentar certificado médico en que haga constar que el aspirante reúne las condiciones psíquicas precisas para realizar el mencionado trabajo. Su no aportación determinará la exclusión del aspirante.

A) Valoración de aptitudes.

Se realizará una valoración del nivel intelectual y de otras aptitudes específicas, exigiéndose en todos los casos rendimientos iguales o superiores a los normales en la población general, según la baremación oficial de cada una de las pruebas utilizadas, en función del nivel de estudios que se exige para la categoría a la que se aspira.

Se explorarán los aspectos que a continuación se relacionan: inteligencia general, comprensión y fluidez verbal, comprensión de órdenes, razonamiento cognitivo, atención discriminativa y resistencia a la fatiga intelectual.

B) Valoración de actitudes y personalidad.

Las pruebas de personalidad se orientarán a evaluar los rasgos de la personalidad más significativos y relevantes para el desempeño de la función de Vigilante Municipal, así como el grado de adaptación personal y social de los aspirantes.

Asimismo, deberá descartarse la existencia de síntomas o trastornos psicopatológicos y/o de personalidad.

Se explorarán los aspectos que a continuación se relacionan: estabilidad emocional, autoconfianza, capacidad empática e interés por los demás, habilidades interpersonales, control adecuado de la impulsividad, ajuste personal y social, capacidad de adaptación de a normas, capacidad de afrontamiento al estrés y motivación por el trabajo policial.

Los resultados obtenidos en las pruebas deberán ser objeto de constatación o refutación mediante la realización de una entrevista personal en la que, además de lo anterior, se valorará también el estado psicológico actual de los candidatos. De este modo, aparte de las características de personalidad señaladas anteriormente, se explorarán también los siguientes aspectos: existencia de niveles disfuncionales de estrés o de trastornos del estado de ánimo; problemas de salud; consumo excesivo o de riesgo de alcohol u otros tóxicos y grado de medicación; expectativas respecto de la función policial, u otros.

8.4. Cuarta prueba: Conocimientos.

Consistirá en la realización de dos ejercicios.

El primer ejercicio consistirá en la contestación, por escrito, a un cuestionario de al menos setenta y cinco preguntas con cuatro respuestas alternativas, propuesto por el Tribunal de entre las materias que figuran en el Anexo IV de esta convocatoria, con una duración mínima de dos horas, y en la que se restará una pregunta correcta por cada tres incorrectas.

El segundo ejercicio consistirá en la resolución, por escrito, de uno o varios casos prácticos cuyo contenido estará relacionado con el temario, con una duración mínima de una hora.

Ambas pruebas tienen carácter independiente. Se calificará de 0 a 10 puntos cada una, siendo necesario, para aprobar, obtener al menos 5 puntos en cada uno de ellas. Si en la corrección del primer ejercicio un aspirante no obtiene la nota suficiente para aprobar, no se corregirá el segundo ejercicio quedando suspenso.

La puntuación final del aspirante es la suma de las dos notas aprobadas obtenidas en los ejercicios de la prueba de conocimientos, dividida entre dos.

9. Relación de aprobados

Una vez terminadas las pruebas, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación, con la suma y desglose de las calificaciones correspondientes del proceso selectivo, en el tablón de anuncios de la Corporación o lugar de celebración de las pruebas, elevando al órgano correspondiente del Ayuntamiento propuesta de nombramiento de los dos aspirantes que hayan obtenido mayor puntuación.

10. Presentación de documentos

10.1. Los aspirantes que hubieran superado las pruebas presentarán en el Ayuntamiento, dentro del plazo de 20 días hábiles, a partir de la publicación de la relación de aprobados, los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del DNI.

b) Copia compulsada de la titulación académica a que se refiere la Base 3 de la presente convocatoria.

Los opositores que aleguen estudios equivalentes a los específicamente señalados en dicha Base habrán de citar la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificación del órgano competente en tal sentido.

c) Declaración de no haber sido condenado por delito doloso ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autónoma, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, todo ello sin perjuicio de lo que el Decreto 201/2003, de 8 de julio, prevé en cuanto a la aplicación del beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas.

d) Declaración del compromiso de conducir vehículos oficiales.

e) Fotocopia compulsada de los permisos de conducción de la clase A2 y B.

f) Declaración del compromiso de portar armas y utilizarlas cuando legalmente sea preceptivo.

10.2. Quienes sean funcionarios públicos estarán exentos de acreditar documentalmente aquellos extremos que constituyen un requisito precio para su nombramiento, debiendo presentar certificación, que acredite su condición y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

10.3. Si dentro del plazo indicado los opositores no presentaran la documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera quedando anuladas todas las actuaciones a ellos referidos, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial. En este supuesto se propondrá al candidato siguiente de la lista de aspirantes aprobados con mayor puntuación y así sucesivamente.

11. Propuesta final, nombramiento y toma de posesión

Finalizado el proceso selectivo y aportados los documentos a que se refiere la base anterior, el Sr. Alcalde, de acuerdo con la propuesta del Tribunal, procederá a nombrar funcionario de carrera a los candidatos propuestos, los cuales deberán tomar posesión en el plazo de 30 días naturales a contar desde el siguiente a la notificación a los interesados del nombramiento de funcionario de carrera, debiendo prestar previamente promesa o juramento de conformidad con lo establecido en el R.D. 707/1979, de 5 de abril.

12. Recursos

Las bases de la convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de estas y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnadas por los interesados en los supuestos y plazos establecidos en la LPACAP.

[Ver convocatoria completa, incluidos anexos, haciendo clic aquí]

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Por Andalucía exige a la Junta acotar la instalación de megaplantas solares, macrogranjas y plantas de biogás

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Por Andalucía exige a la Junta acotar la instalación de megaplantas solares, macrogranjas y plantas de biogás
Fuente: Por Andalucía

La candidata de la coalición Por Andalucía al Parlamento andaluz por Córdoba, Rosa María Rodríguez, ha visitado las instalaciones de la cooperativa COVAP en la comarca de Los Pedroches, donde ha puesto en valor su modelo económico y ha reclamado a la Junta de Andalucía que regule y acote la proliferación de megaplantas energéticas, macrogranjas y plantas de biogás impulsadas por fondos de inversión foráneos que no responden al interés general de la provincia.

Durante la visita, Rodríguez ha estado acompañada, entre otros, por el coordinador provincial de Izquierda Unida Córdoba, Sebastián Pérez, y la portavoz del grupo provincial, Irene Ruiz, además de cargos públicos y orgánicos de Izquierda Unida Pozoblanco. La delegación ha mantenido un encuentro con el presidente de la cooperativa y con distintos responsables de la empresa para conocer de primera mano su modelo productivo y sus proyectos vinculados a la sostenibilidad.

Rodríguez ha explicado que desde Por Andalucía se apuesta por un modelo de desarrollo sostenible que combine la rentabilidad económica y la protección del medio ambiente. “Desde Por Andalucía apostamos por sistemas productivos que garanticen la sostenibilidad ambiental. Estamos a favor de las energías renovables, de las plantas de biogás y de las placas solares, pero siempre que estén vinculadas al territorio, no destruyan el suelo productivo y tengan interés social para el desarrollo de la comarca y de la provincia”, ha señalado.

La candidata ha advertido de la situación que se está produciendo en Córdoba con numerosos proyectos promovidos por grandes fondos de inversión. “Por toda la provincia se están intentando instalar numerosos proyectos de este tipo y eso pone en peligro la estabilidad del territorio y el desarrollo futuro de la comarca y de la provincia”, ha afirmado.

En ese sentido, ha criticado el modelo que, a su juicio, está detrás de muchas de estas iniciativas. “No podemos permitir que se venda la provincia de Córdoba a fondos de inversión que aterrizan aquí, esquilman los recursos y no generan potencialidad ni oportunidades reales para nuestro territorio”, ha añadido.

Frente a ello, Rodríguez ha puesto como ejemplo el modelo de COVAP, una cooperativa que, según ha destacado, “no solo genera empleo, sino que apuesta por la economía circular, por la autosuficiencia energética, con la incorporación de nuevas tecnologías como plantas solares, de biomasa o de biogás, que permiten reducir emisiones de carbono y avanzar hacia una mayor sostenibilidad”.

La candidata ha defendido que este modelo cooperativo, en el que participan numerosas ganaderías familiares de vacuno de leche y de ganadería extensiva, es el que debe protegerse desde las administraciones públicas. “Este es el modelo que hay que cuidar y proteger, el que arraiga al territorio, genera oportunidades para que la gente pueda quedarse a vivir en nuestros pueblos y contribuya al desarrollo de la comarca y de la provincia”, ha subrayado.

Por ello, desde Por Andalucía han reclamado a la Junta de Andalucía que regule la implantación de grandes plantas energéticas y macrogranjas, para evitar proyectos que no estén vinculados al tejido productivo local, que incrementan la contaminación, y que afectan negativamente a la dehesa y a la ganadería extensiva.

“No tiene sentido que se instalen plantas de biogás donde no hay actividad ganadera, o las necesidades ya están cubiertas, o megaplantas solares que ocupan grandes extensiones de territorio y no generan empleo. Ese tipo de proyectos solo contribuyen a degradar el entorno y no aportan nada al desarrollo comarcal y de la provincia”, ha señalado.

Rodríguez ha avanzado que Por Andalucía trabajará para incentivar y proteger modelos cooperativos como el de COVAP si tiene la oportunidad de gobernar en Andalucía. “Vamos a defender a nuestras cooperativas frente a los fondos de inversión que solo vienen a especular y a aprovechar los recursos de la provincia sin ofrecer ninguna contraprestación real a la ciudadanía”, ha concluido.

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IU denuncia el ‘abandono institucional’ de Los Pedroches

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Fuente: IU Los Pedroches

El portavoz parlamentario de Izquierda Unida y diputado por Sumar, Enrique Santiago, la candidata por Córdoba al Parlamento andaluz por la coalición Por Andalucía, Rosa Rodríguez, y la concejala de IU en Pozoblanco, Natalia León, han mantenido este lunes una jornada de trabajo en la comarca de Los Pedroches en la que han visitado instalaciones de COVAP, han conocido proyectos vinculados a la dehesa y se han reunido con colectivos del territorio, como ‘Que para el tren en Los Pedroches’ y ‘Unidos por el agua’.

Santiago ha destacado el papel del cooperativismo como motor económico de la comarca, subrayando que “un proyecto cooperativo como COVAP ha sido capaz de dinamizar esta zona con un importante desarrollo económico a través de un proyecto ganadero e industrial y de transformación de los productos”. Sin embargo, ha advertido de que esta capacidad económica contrasta con el “abandono institucional” que sufre el territorio.

En este sentido, el dirigente de IU ha señalado las carencias en materia de comunicaciones y ha explicado que durante la visita se han reunido con la plataforma ‘Que pare el tren en Los Pedroches’. “Nuestro compromiso es trabajar para que a la mayor brevedad se realice la declaración de obligación de servicio público de la estación de Villanueva de Córdoba y que la frecuencia de los ferrocarriles se pueda incrementar suficientemente”, ha afirmado.

Santiago también ha reclamado a la Junta de Andalucía y a la Diputación de Córdoba que aborden de forma definitiva el problema de la contaminación del agua en el norte de la provincia. “Nos parece sumamente grave que no se hayan hecho las inversiones necesarias para solventar de una vez por todas el problema de la contaminación del agua”, ha señalado.

Por su parte, la candidata de Por Andalucía al Parlamento andaluz por Córdoba, Rosa María Rodríguez, ha trasladado la “preocupación” de los vecinos y vecinas por el estado de las infraestructuras. Según ha explicado, existe “la sensación de que es una zona olvidada, con malas comunicaciones”, por lo que ha reclamado a la Junta actuaciones “urgentes” en carreteras autonómicas como la A-421 y su conexión con la A-424, así como el impulso de la variante sur de Villanueva de Córdoba y la variante norte de Pozoblanco.

Rodríguez también ha insistido en la necesidad de resolver definitivamente el problema del agua en la comarca, recordando que hace pocos meses más de 80.000 personas se quedaron sin agua potable en la zona. “La Junta de Andalucía simplemente no puede seguir mirando hacia otro lado ante esta problemática”, ha afirmado.

La concejala de IU en Pozoblanco, Natalia León, ha defendido el cooperativismo y el modelo de desarrollo ligado a la dehesa como claves para el futuro de la comarca. “Desde Izquierda Unida defendemos el cooperativismo como modelo económico que genera riqueza y arraigo en nuestra tierra”, ha señalado, apostando por un sector ganadero “rentable y al mismo tiempo sostenible medioambientalmente”.

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La Plataforma ‘Que pare el Tren en Los Pedroches’ pide a las administraciones más actuaciones

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Estación de tren Villanueva de Córdoba - Los Pedroches
Fuente: Plataforma Que Pare el Tren en Los Pedroches

La Plataforma “Que pare el Tren en Los Pedroches” vuelve a poner en marcha acciones ya que,  a pesar de 12 años de funcionamiento, la estación de tren Villanueva de Córdoba-Los Pedroches “no ha recibido el trato debido de las distintas administraciones responsables de su funcionamiento”.

Según informa en nota de prensa, “los recientes y dramáticos sucesos, han demostrado que la estación es una infraestructura estratégica y el pulmón logístico esencial para la seguridad y la interconexión de la Línea de Alta Velocidad Madrid-Sevilla-Málaga”.

Denuncia que la estación “se ha mantenido en todo este tiempo, en un estado de semi-olvido por parte de las dos administraciones (Ministerio de Transportes y Junta de Andalucía)”. Ante esta situación, la plataforma va a apelar a ambas administraciones para que se resuelvan, de una vez por todas, las carencias que la afectan.

Detalla lo que es “urgente e imprescindible”:

  1. Declaración de la estación de “OBLIGACIÓN DE SERVICIO PÚBLICO”.  Esta declaración garantizaría tarifas fijas y sociales, trenes que conecten a primera hora,  medio día y tarde/noche a trabajadores, estudiantes, empresarios, con Córdoba, Sevilla, Málaga y Madrid. Y todas las ventajas que esta declaración asegura a otras estaciones similares a la nuestra.
  2. CONEXIÓN DE LA ESTACIÓN CON LOS NÚCLEOS URBANOS DE LA COMARCA atendiendo a cada salida y llegada de trenes y la creación de un billete único que facilite el transporte desde cualquier pueblo hasta la estación.
  3. PARADA DE LOS TRENES DIRECTOS A BARCELONA  por el gran impacto social y económico que esta parada representará para Los Pedroches.
  4. REUNIÓN URGENTE DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS. La Plataforma  va a solicitar el  respaldo activo a estas peticiones de todos los Alcaldes y todos los grupos políticos que representan a los ciudadanos y que lideren las acciones que haya que poner en marcha.
  5. PETICIÓN DE FIRMAS. La Plataforma la pondrá en marcha para que los ciudadanos de la Comarca expresen su respaldo a las peticiones a las dos Administraciones (Gobierno Central y Junta de Andalucía) que figuran en el manifiesto.

La plataforma finaliza haciendo hincapié en que “la puesta en marcha de otras acciones dependerá de la respuesta de ambas administraciones; si somos la puerta de Andalucía en la línea AVE, queremos la llave para asegurar el futuro de nuestra tierra”.

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